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diciembre 2, 2021La Asociación ELEUTERIA presenta una querella criminal contra Susanna Griso
La Asociación ELEUTERIA presenta ante el Juzgado de Instrucción una querella criminal contra la presentadora de Antena 3 TV, por la presunta comisión de los delitos de incitación al odio, coacciones y contra la integridad moral.
Santa Cruz de Tenerife, 26 de noviembre de 2021
El pasado 22 de noviembre, en el programa de Espejo Público de Antena 3, del cual es presentadora Dª Susanna Griso, ante la pregunta de otro periodista sobre cómo afrontar el hecho de que la gente no se quiera vacunar sin vulnerar sus derechos fundamentales, la periodista repuso que la manera es complicándoles la vida, poniéndoles un pasaporte covid y vetándoles el acceso a determinados lugares.
En su querella, la Asociación ELEUTERIA recuerda que, en España la vacunación es voluntaria, tal y como se expresa en el Auto del Pleno del Tribunal Constitucional de 20 de julio de 2021, ya que no es una medida que aparezca contemplada en la Ley de Medidas Especiales en Materia de Salud Pública. Además, el Auto señala que la vacunación obligatoria supone una intervención corporal coactiva. En relación con esta cuestión, se ha pronunciado también la Asamblea General del Consejo de Europa, del que forma parte España, que en una de sus resoluciones expresa la necesidad de asegurarse de que nadie esté sometido a presión para vacunarse y de velar por que nadie sea discriminado por no haber sido vacunado.
Por otra parte, tal y como señala la Asociación ELEUTERIA, conviene tener presente que los vacunados contagian y se contagian; y que las llamadas vacunas son medicamentos en fase todavía de experimentación, por lo que sus efectos adversos resultan aún desconocidos, tal y como ilustra el 8º informe de farmacovigilancia de 16 de septiembre de 2021.
El delito de incitación al odio prohíbe la discriminación ya que se considera el derecho a la igualdad, reconocido en la Constitución, como un pilar en el que se sustenta toda una estructura de garantías que no es exclusiva únicamente de la Constitución Española, si no que se encuentra reflejada en la Declaración Universal de Derechos Humanos, en el Protocolo nº12 del Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, en la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea y en la Recomendación de Política General Nº 15 de la ECRI (Comisión europea contra el Racismo y la Intolerancia del consejo de Europa).
El delito de coacciones protege la libertad de obrar conforme a lo previamente decidido. Los querellantes apuntan que las palabras de la presentadora reflejan un deseo de restringir la libertad ajena y una clara intención de querer impedir hacer algo que la ley no prohíbe, como es el hecho de elegir libremente no vacunarse.
El delito contra la integridad moral señala que ésta se identifica con las nociones de dignidad e inviolabilidad. Por ello, aquellos actos que pueden crear en las víctimas sentimientos de angustia e inferioridad, o quebrantar su resistencia física o moral, se consideran actos que atentan contra la integridad moral de la persona. Además, el derecho a la integridad física y moral viene garantizado por el artículo 15 de la CE, que proscribe con carácter general los tratos degradantes.
También se podría dar un delito de descubrimiento de secretos ya que cabría preguntarse como sabrán quien está vacunado y quien no. ¿Tienen acaso el dato de los no vacunados? Si ese es el caso, estaríamos ante un ataque a un bien jurídico protegido como es la intimidad, en concreto la intimidad médica. A este respecto debe mencionar la LO de Protección de Datos de Carácter Personal y la LO de Protección del Honor, la Intimidad Personal y Familiar, y la Propia Imagen. En el delito de descubrimiento y revelación de secretos, se tutela penalmente la intimidad personal, protegida en el art. 18 de la CE y entendida, en sentido amplio, como el derecho de todo individuo a mantener un ámbito de privacidad, reservado frente a la injerencia de un tercero, ámbito necesario para el ejercicio de otros derechos.
Las palabras de la presentadora, fueron emitidas en un programa con una más que relevante cuota de pantalla y de ámbito como mínimo nacional, en horario de máxima audiencia. Es por ello que en la Asociación ELEUTERIA no podemos en absoluto ignorar la importancia de estos hechos y sus consecuencias derivadas. Estimamos que la mentada periodista y presentadora del programa, un personaje mediático seguido por un importante número de españoles, debería medir mejor el alcance de sus comentarios y el daño ocasionado a los que en uso legítimo de sus derechos, deciden no vacunarse, especialmente tras ser corroborado por cada vez más informes científicos revisados por pares y publicados en revistas de reconocido prestigio, que los vacunados transmiten el virus tanto o más que los no vacunados.
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Parece que una numerosa caterva de irresponsables «pseudo periodistas y tele comunicadores están entregados a la tarea de llevarnos a otro conflicto civil ……que se les permita esto, resulta realmente patético.