El TSJ de Baleares da un plazo improrrogable de 10 días al Gobierno balear para que completen el expediente administrativo y aporten la documentación solicitada por ELEUTERIA en su recurso contra el certificado Covid
La Sala da 10 días a la Administración para que completen el expediente con la información requerida por ELEUTERIA, que acredite con total seguridad que las personas computadas como positivas padezcan realmente el virus SARS CoV-2, algo que la Asociación considera ineludible por tratarse de medidas limitativas de derechos fundamentales.
Santa Cruz de Tenerife, 5 de febrero de 2022.- El TSJ de Baleares da un plazo improrrogable de 10 días a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para que completen el expediente administrativo y aporten la documentación solicitada por ELEUTERIA, consistente en:
A juicio del equipo jurídico de ELEUTERIA, en el presente caso la Resolución administrativa adopta una medida limitativa de derechos fundamentales en función de una situación epidemiológica derivada de los contagios ocasionados por el llamado virus SARS COV-2 y, por tanto, necesariamente los documentos instados deben formar parte del expediente administrativo, por cuanto se trata de antecedentes imprescindibles para la producción de la Resolución recurrida, resultando ineludible constatar con total seguridad que las personas computadas como positivas padezcan realmente el virus SARS CoV-2.
La Administración no había adjuntado la documentación solicitada al aportar el expediente, motivo por el que ELEUTERIA solicitó al TSJ se requiriese a la administración dicha documentación, solicitud que ha sido admitida por la Sala, la cual da 10 días improrrogables a las Consejería para que la aporte.